Selecciona qué enunciados, respecto de las relaciones individuales del trabajo, su duración y formas de contratación, son verdaderos o falsos.

El concepto de relación de trabajo en el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo dicta que: “cualquiera que sea su forma o denominación, es aquél por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado”.
El consentimiento es un elemento de validez del contrato individual de trabajo para que éste pueda existir.
El artículo 10 de la Ley Federal del Trabajo define las características del patrón.
El artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo señala el concepto de empresa como la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios.
En el contrato individual del trabajo, la licitud en el objeto es un elemento de validez en la relación de trabajo.
El artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo establece la duración en el empleo, la cual se determina en el contrato de trabajo.
El contrato por obra es el que surge cuando su naturaleza así lo exige, van encaminados a la industria de la construcción, puentes, carreteras y casas.
Legalmente los trabajadores se clasifican en trabajadores de planta o base permanente, trabajadores eventuales y trabajadores de temporada.
Es de importancia reconocer en qué consisten las relaciones individuales de trabajo y su duración, algunas definiciones y conceptos del tema, tales como relación de trabajo, patrón, trabajador, empresa, establecimiento, así como la forma en la que surge una relación laboral, tipos de contratos y clases de trabajadores y patrones.